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La laicidad
El preámbulo de 1946 proclama que "todo ser humano, sin distinción de raza, de religión ni de creencias, posee derechos inalienables y sagrados". Declara "particularmente necesarios en nuestra época" cierto número de principios políticos y sociales (igualdad entre hombres y mujeres, derecho de huelga...), uno de los cuales afecta directamente al asunto que tratamos : "Nadie puede ser perjudicado en su trabajo o en su empleo a causa de sus orígenes, de sus opiniones o de sus creencias". Considera "un deber del Estado" organizar una "enseñanza pública gratuita y laica en todos los niveles". Y se refiere, por último, a los "principios fundamentales reconocidos por las leyes de la República". Entre estos principios figuran, según los constitucionalistas, la separación de las Iglesias y el Estado, promulgada el 11 de diciembre de 1905, y la libertad de enseñanza, así como la libertad de conciencia, naturalmente. ¿Puede extraerse de este conjunto una definición del laicismo francés ? En una primera aproximación cabría caracterizarlo por un doble rechazo : el del ateísmo de Estado (explícito, particularmente, en la mención "la República respeta todas las creencias") y el de cualquier religión oficial (enseñanza pública laica, separación de las Iglesias y el Estado), con objeto de garantizar la completa igualdad de los ciudadanos en materia de creencias y la plena libertad de conciencia. Así definido, el laicismo francés aparece como un medio de enlazar el vínculo social con valores reconocidos como universales. Desde un punto de vista francés que goza hoy de amplio consenso, se trata del mejor medio. Esto puede discutirse. Lo esencial es comprender que el laicismo constituye una vía específica para encarnar valores comunes. El laicismo se inscribe en estos valores, y Francia ha ratificado la Convenio europeo para la protección de los derechos humanos, cuyo artículo 9 retoma y precisa el artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Recordemos este artículo 9, en virtud del cual cualquier persona que considere no haber conseguido el respeto de sus derechos fundamentales ante una instancia jurisdiccional francesa puede recurrir ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión ; este derecho implica la libertad de cambiar de religión o de convicciones, así como la libertad de manifestar su religión o sus convicciones individual o colectivamente, en publico o en privado, por medio del culto, la enseñanza, las prácticas y la observancia de los ritos. 2. La libertad de manifestar su religión o sus convicciones no puede ser objeto de más restricciones que las que, previstas por la ley, constituyen medidas necesarias, en una sociedad democrática, para la seguridad publica, la protección del orden, de la salud o de la moral publicas, o la protección de los derechos o las libertades de los demás. La forma de remitirse en cada país a los principios indicados en este artículo proviene en gran medida de la experiencia histórica del país en cuestión. Por ello, antes de describir con más precisión el dispositivo jurídico y social que garantiza el laicismo en Francia y algunos debates en torno al laicismo, es preciso señalar, muy brevemente, las etapas principales de la construcción histórica del laicismo francés.
Aunque el laicismo no constituye en absoluto una "excepción francesa" (otros países lo han adoptado en mayor o menor medida, cada uno a su manera, y en varios continentes hay corrientes ideológicas que se remiten a él), puede señalarse que, globalmente, se trata de un "invento francés" que se ha llevado a cabo en varias etapas. La Revolución francesa Para Francia, la Revolución constituye la época fundacional de referencia en todo lo referente a los derechos humanos. Como se sabe, la Declaración francesa de 1789 se redactó poco tiempo después de declaraciones americanas bastante similares. Pero ello se realizó en un contexto muy diferente. Para una nación joven, de cultura protestante y con múltiples denominaciones, los derechos humanos provienen del "Creador" y no provocan ningún conflicto importante con una confesión religiosa. No sucedía lo mismo en el contexto francés, marcado por la imposición del monopolio religioso del catolicismo (consecuencia de la revocación del Edicto de Nantes de 1685) y, relacionada con ello, la denuncia por parte de los filósofos de las Luces del "fanatismo religioso". La Declaración de Derechos se lleva a cabo "en presencia y bajo los auspicios del Ser supremo", y será condenada por el Papa (aunque numerosos clérigos habían contribuido a su elaboración). Mientras que en América una amistosa separación aparece como condición de la libertad religiosa, la Revolución francesa entra enseguida en conflicto con la religión católica. En este enfrentamiento, intenta controlar el catolicismo (1790) y sacralizarse ella misma (cultos revolucionarios de 1793, acompañados de persecución político-religiosa), antes de instaurar una efímera separación de la Iglesia y el Estado (1795) que, al coexistir con la religiosidad revolucionaria, no llega a apaciguar el conflicto. En resumen, la Revolución proclamó principios laicos, pero no consiguió darles cumplimiento. Se comprende, pues, que la herencia de la Revolución haya tenido durante mucho tiempo un carácter ambivalente. El siglo XIX y la instauración del laicismo Al poner punto final a la separación entre las Iglesias y el Estado, Napoleón Bonaparte confirma ciertos cambios realizados por la Revolución y estabiliza así un primer umbral de laicización. El Estado tiene un fundamento laico, y el Código Civil de los franceses no incluye prescripción religiosa alguna. Se laiciza el estado civil, y el matrimonio civil constituye un requisito previo y obligatorio de cualquier ceremonia de matrimonio religioso (libre y facultativo) (1). Aunque la Iglesia católica se beneficia de un Concordato (firmado en 1801 con el Papa), debe aceptar el régimen de igualdad formal con otros "cultos reconocidos" : protestantismos luterano y reformado, judaísmo... Estos cultos, al obedecer a una ley agnóstica, aseguran un servicio público de "asistencia religiosa" y socializan en la moral común. La sociedad francesa es, pues, oficialmente una sociedad religiosamente plural. A partir de 1815, este pluralismo se va a ver definido en gran medida por el conflicto dualista que los historiadores denominan "conflicto de las dos Francias". Pese a los períodos de calma y a los numerosos intentos de conciliación, dicho conflicto presidirá todo el siglo y enfrentará al "campo clerical" con el "campo anticlerical". Para los primeros, Francia debe volver a convertirse en una nación católica, la "hija primogénita de la Iglesia" ; el catolicismo constituye un elemento esencial de la identidad del país. Los segundos pretenden una Francia moderna basada en los "valores de 1789". Esta Francia, "hija de la Revolución", no tiene una identidad determinada por una fidelidad religiosa concreta. Tras una primera victoria de los republicanos, marcada por la laicización de la escuela (década de 1880), el conflicto llega al paroxismo en el tránsito del siglo XIX al XX : a la campaña de "odio" contra las minorías judía, protestante y francmasona por parte de cierto catolicismo intransigente (que desemboca en el caso Dreyfus) se contesta con medidas de excepción contra las congregaciones religiosas, a las que se impide enseñar (julio de 1904). En este clima es en el que se produce la separación entre las Iglesias y el Estado (diciembre de 1905). La pacificación laica El contexto de la laicización es, pues, conflictivo. A pesar de todo, la instauración del laicismo republicano va a apaciguar progresivamente el enfrentamiento. La paradoja es sólo aparente. Aunque la lógica del combate puede arrastrar al anticlericalismo a medidas rigurosas, los ideales de referencia que lo animan implican el respeto a las libertades, la adhesión a la democracia. Las disposiciones jurídicas de las leyes laicas sobre la escuela y de la ley de separación hacen prevalecer este segundo aspecto. Así, en 1905, pese a la abolición del régimen de los cultos reconocidos, la libertad religiosa es más completa : bajo el Concordato estaba prohibida cualquier asamblea de obispos. Pero desde mayo de 1906 los obispos se reúnen libremente. Aún más : el catolicismo francés, obligado por una encíclica papal a no someterse a la ley de separación, evita las consecuencias lógicas de esta negativa gracias a una nueva ley, de enero de 1907, con la que el ministro A. Briand pretende "hacer imposible a la Iglesia católica, incluso aunque lo desee con voluntad tenaz, salirse de la legalidad". Esta política de apaciguamiento da progresivamente sus frutos. Se llega a un acuerdo con el Papa (1923-1924). En 1946, en el momento de la elaboración de la Constitución, Francia estaba gobernada por una coalición de tres partidos : el Partido Comunista, el Partido Socialista (SFIO) y el Movimiento Republicano Popular (MRP, partido de disciplina demócrata-cristiana). Una paradoja significativa : el laicismo se convirtió en constitucional en uno de los escasos momentos de la vida política francesa en los que la democracia cristiana ha tenido una influencia destacada. Pero, aunque el conflicto frontal sobre la concepción de la identidad de Francia ha desaparecido, no por ello se han eliminado todas las tensiones. La interpretación del concepto de laicismo, particularmente en lo que atañe a las relaciones entre el Estado y la enseñanza privada, sigue siendo uno de los envites del debate democrático, y en 1984 y 1994, sobre todo, tienen lugar grandes manifestaciones que representan puntos de vista opuestos sobre el problema.
La ley de separación de las Iglesias y el Estado estableció las disposiciones fundamentales del laicismo francés : libertad de conciencia y de culto, libre organización de las Iglesias (2) ; no reconocimiento e igualdad jurídica de éstas ; libre manifestación de las convicciones religiosas en el ámbito público. A ello se añade el carácter laico de las instituciones, y sobre todo de la escuela, y la libertad de enseñanza. Sobre muchos de estos puntos el consenso es que las prácticas sociales se lleven a cabo sin que sea preciso, salvo en circunstancias excepcionales, hacer referencia a la ley. En algunos otros, en particular cuando se trata de problemas muy nuevos todavía, la ley y la jurisprudencia laicas vienen acompa&n |